Los diputados Luis Solana y
Martín Berhongaray (Frepam) acompañaron a la mujer que pidió 25.000 pesos y
debe pagar ahora casi 90.000 al tomar un préstamo de una financiera, tres veces
y media lo pedido. "No vamos a dejar que le sigan robando a los
humildes", manifestaron los legisladores.
Los diputados Luis Solana y
Martín Berhongaray (Frepam) decidieron confrontar directamente a las entidades
financieras que cobran tasas usurarias en la provincia, perjudicando
principalmente a los empleados públicos y a los sectores informales que
solicitan préstamos. "No vamos a dejar que le sigan robando a los
humildes", afirmaron en la presentación que hicieron en la Justicia del
"caso Domínguez", con el que se pretende lograr un fallo
ejemplarizador contra las financieras que cobran intereses desmedidos.
Los legisladores estuvieron ayer
en la Ciudad Judicial ante el fiscal de turno para acompañar a Mirta Gladys
Domínguez en la presentación de una denuncia penal para que la Justicia
"dicte un fallo ejemplar para que se extienda a todas las situaciones de
usura".
Una cuestión penal.
Los legisladores consideraron que
en el "caso Domínguez", que toma el apellido de la damnificada,
"se configura la situación de necesidad que exige el tipo legal, toda vez
que por carencia de fondos se encontró en el trance de procurárselos a
cualquier precio y de aceptar una imposición desmedida de parte de la
financiera que los facilitó". En este caso, aseguraron, "no caben
dudas de que el préstamo personal otorgado por una financiera creó una fuente
de ingresos o negocios delictivos que constituyen la nota central para la
consideración de la agravante".
Los diputados recordaron que el
artículo 175 bis del Código Penal reprime con pena de prisión de 1 a 3 años y
multa de 5.000 a 20.000 pesos al que "aprovechando la necesidad, la ligereza
o la inexperiencia de una persona le hiciere dar o prometer, en cualquier
forma, para sí o para otro, intereses u otras ventajas pecuniarias
evidentemente desproporcionadas con su prestación, u otorgar recaudos o
garantías de carácter extorsivo". A continuación la cláusula en cuestión
señala que "la misma será aplicable al que a sabiendas adquiriere,
transfiriere o hiciere valer un crédito usurario". También el Código Penal
impone una pena más elevada (prisión de 3 a 6 años y multa de 15.000 a 60.000
pesos) "si el autor fuere prestamista o comisionista usurario profesional
o habitual".
Tres veces el monto.
Los legisladores explicaron que
Domínguez debió acceder al préstamo a tasas usurarias a partir del
fallecimiento de su pareja -por entonces única fuente de ingresos del grupo
familiar- para afrontar un conjunto de deudas remanentes originadas en la
suspensión de las tareas laborales que realizaba el hombre por haber contraído
una grave enfermedad que terminó con su vida. Además se debió solventar los
gastos de sepelio y traslado de los restos, entre otros.
La mujer, explicaron, "sólo
evaluó su capacidad de pago de cuotas pequeñas, sin reparar que terminaría
pagando tasas de interés usurarias que suponen la devolución, al cabo de tres
años, de más de tres veces el monto recibido". De hecho, recibió 25.000
pesos y al cabo de 36 meses debía restituir 89.357,60 pesos.
"Evidentemente existe un
interés excesivo en el préstamo en análisis, pensado para reportarle una
ganancia desmedida a la entidad financiera que lo otorgó. Resultan insultantes
las condiciones impuestas, que exigen la devolución de una cantidad de dinero
que supera ampliamente (casi cuadruplica) el monto prestado", precisaron
en la presentación.
"Es posible advertir la
desproporción prevista por la norma (artículo 175 bis del Código Penal) a poco
que se comparan las exorbitantes ventajas patrimoniales obtenidas y la
prestación efectuada por el acreedor", destacaron.
Intereses aplicados.
En el escrito, Solana y
Berhongaray indicaron que consideran usuraria la tasa efectiva anual que le
aplicó en su contrato la financiera a Domínguez ascendió al 139,84 por ciento.
"Va de suyo que no estamos ante una tasa de interés razonable que
equilibre la rentabilidad del prestador y el costo del prestatario",
afirmaron, y lo compararon con otras tasas de préstamos, como por ejemplo la
del banco Santander Río que es del 46,59 por ciento, la del Banco Nación del
38,43 por ciento y la de los préstamos del Instituto de Seguridad Social, que
llega al 29,84 por ciento. Mientras que el costo total que le aplicó la
financiera fue de 191,05 por ciento.
"Otro de los aspectos
demostrativos del abuso en la prestación lo constituyen los intereses por mora
calculados en función del plan de cuotas. A modo de ejemplo, la cuota 2 con
vencimiento el 25 de diciembre de 2013 liquidó intereses por mora al 25 de
junio de 2014 por un 115% o un 19% mensual. De este modo, la cuota vencida pasó
de 2.076,10 pesos a 4.460,20 pesos. Ello hace suponer un crecimiento de la
capitalización del préstamo a todas luces desmedido, representando para la
víctima una verdadera pesadilla", indicaron.
En el escrito se indicó que otra
consideración que desalienta el cumplimiento del compromiso contraído mediante
una eventual cancelación anticipada del crédito es que, al abonar un tercio del
préstamo (33,33%), el deudor sólo habría amortizado un 12,62% del capital
prestado. En otras palabras, el pago hasta la cuota 12 importaría un desembolso
de un total de 25.233,76 pesos, de los cuales sólo 2.000,35 pesos corresponden
a la amortización del capital, y todo el resto a la cancelación de intereses.
Finalmente, los legisladores,
junto a Domínguez, solicitaron al fiscal "sea permeable a la pretensión
enderezada a combatir la usura, impulse la investigación hacia un fallo
ejemplarizante que termine por condenar una práctica ilícita de hondas
consecuencias sociales, toda vez que no sólo provoca el enriquecimiento
indebido de quien prestó el dinero, sino que decanta en un incremento de la
desocupación, genera empobrecimiento, y fomenta la explotación de los
débiles".
El inicio del caso.
LA ARENA publicó hace unos días
un informe en el que advirtió sobre el crecimiento considerable en Santa Rosa,
durante los últimos años, de financieras y prestamistas físicos que ofrecen
créditos con tasas de hasta el 200 por ciento anual. Las ofertas son públicas
y, a veces engañosas, y aparecen en panfletos callejeros, avisos clasificados y
páginas digitales.
Poco después, un cronista de este
diario, observando la cartelera de un juzgado civil donde se informa de los
expedientes que no habían sido devueltos, observó que de 115 causas reclamadas,
59 correspondían a demandas de financieras a clientes porque que no habían
pagado en término, y también había una decena de juicios de casas de
electrodomésticos por incumplimientos en los pagos de cuotas. En tanto, fuentes
calificadas de la Justicia consultadas aseguraron que entre el 70 y el 75 por
ciento de las causas civiles que se tramitan corresponden a ejecuciones.
Los contratos usureros de las
casas financieras tienen como principales "clientes" a los sectores
más marginados y desprotegidos de la sociedad, que por sus escasos ingresos no
están bancarizados y, por lo tanto, no tienen acceso a préstamos más baratos.
fuente: La Arena