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Siguen desguazando la Salud Publica.

El diputado provincial Luis Solana (FrePam) elevó un pedido al Poder Ejecutivo Provincial, con el motivo de solicitarle un informe, a la brevedad, acerca del incumplimiento en el pago a talleristas, contratados en la modalidad de monotribustistas, y el probable cierre de talleres en el ámbito de Salud Mental, en las ciudades de General Pico, Santa Rosa y General Acha, dependientes del Ministerio de Salud.

"Ha trascendido mediáticamente, y hemos verificado a partir de tomar contacto directo con personal involucrado, el incumplimiento y atraso en el pago ya por varios meses consecutivos a personas que a través de la modalidad monotributista dictan diversos talleres en el Área de Salud Mental dependientes de Salud Pública, de las ciudades de General Pico, General Acha y Santa Rosa, bajo la órbita del Ministerio de Salud provincial", sostuvo el legislador en los fundamentos de la iniciativa.

La semana pasada, integrantes del programa Como baldosa floja hicieron una radio abierta en General Pico, a favor de la continuidad de los talleres que se hacen en distintas partes de la provincial.
Solana explicó que esas actividades se llevan a cabo en cumplimiento con la vigente Ley de Salud Mental nacional N° 26657, y que establece en su Artículo 1: " La presente ley tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional, sin perjuicio de las regulaciones más beneficiosas que para la protección de estos derechos puedan establecer las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."

Además, recordó que se torna obligatorio el cumplimiento de lo legislado en nuestra provincia. "Es oportuno en ese sentido recordar lo prescripto en lo referido a derecho de los pacientes: Derechos de las personas con padecimiento mental.  

Artículo 7° — El Estado reconoce a las personas con padecimiento mental los siguientes derechos:
a) Derecho a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada, a partir del acceso gratuito, igualitario y equitativo a las prestaciones e insumos necesarios, con el objeto de asegurar la recuperación y preservación de su salud;
b) Derecho a conocer y preservar su identidad, sus grupos de pertenencia, su genealogía y su historia;
c) Derecho a recibir una atención basada en fundamentos científicos ajustados a principios éticos;
d) Derecho a recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria;
e) Derecho a ser acompañado antes, durante y luego del tratamiento por sus familiares, otros afectos o a quien la persona con padecimiento mental designe;
f) Derecho a recibir o rechazar asistencia o auxilio espiritual o religioso;
g) Derecho del asistido, su abogado, un familiar, o allegado que éste designe, a acceder a sus antecedentes familiares, fichas e historias clínicas;
h) Derecho a que en el caso de internación involuntaria o voluntaria prolongada, las condiciones de la misma sean supervisadas periódicamente por el órgano de revisión;
i) Derecho a no ser identificado ni discriminado por un padecimiento mental actual o pasado;
j) Derecho a ser informado de manera adecuada y comprensible de los derechos que lo asisten, y de todo lo inherente a su salud y tratamiento, según las normas del consentimiento informado, incluyendo las alternativas para su atención, que en el caso de no ser comprendidas por el paciente se comunicarán a los familiares, tutores o representantes legales;
k) Derecho a poder tomar decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento dentro de sus posibilidades;
l) Derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, siendo reconocido siempre como sujeto de derecho, con el pleno respeto de su vida privada y libertad de comunicación;
m) Derecho a no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente;
n) Derecho a que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable;
o) Derecho a no ser sometido a trabajos forzados;
p) Derecho a recibir una justa compensación por su tarea en caso de participar de actividades encuadradas como laborterapia o trabajos comunitarios, que impliquen producción de objetos, obras o servicios que luego sean comercializados".

También la ley prevé la manera de garantizar esos derechos: "Artículo 8: Debe promoverse que la atención en salud mental esté a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados con la debida acreditación de la autoridad competente. Se incluyen las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes".

En tanto, en su artículo 9, fija: "El proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud. Se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales".

El diputado frepamista sostuvo que actualmente se dictan, entre otros, talleres de plástica, arte textil, de máscaras y artesanías, fotografía, Educación Física y de radio, como opciones para los pacientes.
"También han llevado adelante un programa radial que fue reconocido y nominado por el AFSCA, 'Como baldosa floja' y una revista, 'Mente abierta'. Podemos afirmar entonces que de discontinuar el dictado de los talleres significará un grave incumplimiento de la Ley y la violación de derechos humanos de los pacientes. Más allá del claro retroceso en la prestaciones de salud mental", agregó Solana.

El diputado recordó una solicitada del Colegio de Psicólogos, en el que manifestaron su "preocupación" por el posible cierre de los talleres en el ámbito de la salud mental.
Durante varios años, los talleres se brindaron en forma voluntaria o a través de algún programa nacional. Este año fue instrumentado mediante presentación de proyecto, lo cual significó un positivo avance, explicó Solana.

Serían 16 talleres los talleres que se dictan en la provincia, uno en General Acha, siete en General Pico y ocho en Santa Rosa, que correrían la misma suerte, su cierre, por parte del gobierno provincial.
Los talleres técnicamente son dispositivos, a partir de la externación del paciente viene la etapa de reinserción social, laboral. Con la implementación de estas modalidades de taller se ofrece a los pacientes una salida para intentar reinsertarse en la sociedad. Los talleres son una parte del tratamiento que no se puede suspender.

fuente: DiarioTextual.com