El diputado Luis Solana (Frepam-PS) presentó un proyecto de ley en la Legislatura para que el Estado provincial excluya de las licitaciones públicas a aquellos proveedores que adeuden cargas sociales y sindicales e incumplan los convenios colectivos de trabajo. "Esta es una herramienta para proteger y mejorar las condiciones de los trabajadores privados, pero también para frenar con las 'avivadas' de algunos empresarios", manifestó el legislador.
En la Ley 38 de Obras Publicas de la Provincia de La Pampa, en su artículo 22, se establecen quiénes están excluidos para poder tener acceso a licitaciones públicas. El proyecto de Solana propone incorporar a la lista de excluidos a las empresas que "adeuden cargas sociales, sindicales y/o previsionales, debiendo presentar constancia del cumplimiento de las mismas e incumplan con los Convenios Colectivos de Trabajo", precisó.
El proyecto también prevé que el Estado esté impedido de contratar a empresas proveedoras de bienes y servicios en general que no cumplan con estos requisitos. El régimen de contrataciones (con la excepción de obras publicas que tiene su propia ley) se fija en el decreto 470/73-Reglamento de Contrataciones.
"Entendemos a la seguridad social como un derecho social y humano, contemplado tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como en Tratados Internacionales, y en nuestra Constitución Nacional", dijo Solana.
"Es indudable que la patronal es la responsable, desde un punto de vista social y ético, de tener a todos sus trabajadores y sus trabajadoras bajo los regímenes de empleo decente y legal, y hacer sus aportes y contribuciones, dado que este es el único mecanismo que garantiza la seguridad social y la solvencia y sustentabilidad de los sistemas de seguridad social. Pero además, es el empleo decente el que dignifica la vida humana y permite pensar a cada trabajador y trabajadora en relación de dependencia, un proyecto de vida. Proyecto de vida sin el cual, los seres humanos no pueden alcanzar la plenitud ni el bienestar", explicó.
"Es por estas razones, que como legisladores del Estado, y en un estado de derecho, debemos orientar todas las acciones posibles a la optimización de la seguridad social, a la protección integral de los trabajadores y trabajadoras y su grupo familiar y una de ellas, es la de controlar el cumplimiento de las leyes vigentes en esta materia, y las obligaciones que la patronal posee derivadas de éstas", dijo.
"En este caso particular, creemos que estos requisitos son fundamentales por tratarse de empresas y/o personas que resultan proveedoras del Estado, y éste debe ser no solo transparente en sus políticas y en la concreción de las mismas, sino que debe actuar como garante de los derechos fundamentales de las personas. Insertar en las leyes vigentes los requisitos propuestos, tenderá a un efectivo cumplimiento de las leyes laborales, y de las obligaciones que se le imponen a la patronal, dado que si no se actúa acorde a derecho, se los excluye como proveedores del Estado", explicó en el proyecto.
fuente: DiarioTextual.com
En la Ley 38 de Obras Publicas de la Provincia de La Pampa, en su artículo 22, se establecen quiénes están excluidos para poder tener acceso a licitaciones públicas. El proyecto de Solana propone incorporar a la lista de excluidos a las empresas que "adeuden cargas sociales, sindicales y/o previsionales, debiendo presentar constancia del cumplimiento de las mismas e incumplan con los Convenios Colectivos de Trabajo", precisó.
El proyecto también prevé que el Estado esté impedido de contratar a empresas proveedoras de bienes y servicios en general que no cumplan con estos requisitos. El régimen de contrataciones (con la excepción de obras publicas que tiene su propia ley) se fija en el decreto 470/73-Reglamento de Contrataciones.
"Entendemos a la seguridad social como un derecho social y humano, contemplado tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como en Tratados Internacionales, y en nuestra Constitución Nacional", dijo Solana.
"Es indudable que la patronal es la responsable, desde un punto de vista social y ético, de tener a todos sus trabajadores y sus trabajadoras bajo los regímenes de empleo decente y legal, y hacer sus aportes y contribuciones, dado que este es el único mecanismo que garantiza la seguridad social y la solvencia y sustentabilidad de los sistemas de seguridad social. Pero además, es el empleo decente el que dignifica la vida humana y permite pensar a cada trabajador y trabajadora en relación de dependencia, un proyecto de vida. Proyecto de vida sin el cual, los seres humanos no pueden alcanzar la plenitud ni el bienestar", explicó.
"Es por estas razones, que como legisladores del Estado, y en un estado de derecho, debemos orientar todas las acciones posibles a la optimización de la seguridad social, a la protección integral de los trabajadores y trabajadoras y su grupo familiar y una de ellas, es la de controlar el cumplimiento de las leyes vigentes en esta materia, y las obligaciones que la patronal posee derivadas de éstas", dijo.
"En este caso particular, creemos que estos requisitos son fundamentales por tratarse de empresas y/o personas que resultan proveedoras del Estado, y éste debe ser no solo transparente en sus políticas y en la concreción de las mismas, sino que debe actuar como garante de los derechos fundamentales de las personas. Insertar en las leyes vigentes los requisitos propuestos, tenderá a un efectivo cumplimiento de las leyes laborales, y de las obligaciones que se le imponen a la patronal, dado que si no se actúa acorde a derecho, se los excluye como proveedores del Estado", explicó en el proyecto.
fuente: DiarioTextual.com