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Presentamos denuncia que investigue la actuación de funcionarios de Salud

Por la negación de Salud Publica a atender a la niña violada en el Hospital de General Pico

Sr. Fiscal de Investigaciones Administrativas
Dr. Juan Carlos Carola
  
De mi consideración:
Luis Solana  D.N.I Nº 25.726.199, con domicilio en calle Corrientes Nro. 200 Bloque FREPAM, de esta ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa a vuestra fiscalía, se presenta y dice:
I.- Que viene formalmente a denunciar irregularidades de los agentes públicos del Hospital Centeno de la ciudad de Gral Pico según lo previsto  en los art.6; 7 , 13 y concordantes de la Ley 1830 de esta provincia según los hechos y el derecho que a continuación expongo:

II.- Hechos : Como es de público conocimiento en los últimos días del mes de octubre,   una menor de 12 años violada fue derivada desde la ciudad de Gral Pico a la ciudad de Santa a los efectos de aplicar el Protocolo hospitalario para la atención y asistencia sanitaria integral de prácticas de aborto no punibles. El traslado se realiza porque los médicos del Hospital Centeno son TODOS objetores de conciencia y tienen el derecho a no realizar la practica abortiva.
Según lo prescripto la Resolución Ministerial 656/12 “Protocolo Hospitalario para la atención y asistencia sanitaria integral de las practicas de aborto no punible” Anexo  I Disposiciones Generales inc. I.- La prestación de las prácticas de aborto no punible se realizarán en los establecimientos médico asistencial de nivel cuatro o superior.- (sic) El Hospital Centeno corresponde a nivel  V y no  garantizó la realización de la practica.

Sin apartarnos de la norma señalada en el párrafo anterior y adentrándonos al título Procedimiento inc. 1c) Si el médico tratante fuera objetor de conciencia el Director del Hospital en forma inmediata adoptará las medidas pertinentes para disponer la intervención de otro profesional sin aparejar demoras que comprometan la atención de la requirente del servicio. Para el supuesto que en esa institución no cuente con otro médico que pueda realizar las prácticas abortivas del caso, deberá poner en conocimiento esta circunstancia a la Subsecretaría de Salud de la Provincia, quien deberá arbitrar los medios para garantizar la prestación en cuestión.- (sic) La Subsecretaria de Salud de la provincia sabia  que todos eran objetores? El Director del Hospital lo informó?   Si así fuera queda en evidencia que la Subsecretaria de Salud no  garantizó la practica.-
Ningún agente público (ni Director ni Subsecretario) pudo garantizar la practica en el hospital Centeno según lo previsto en normativa vigente. Esto es un hecho innegable por cómo se resolvió la situación: derivación a otro hospital que si garantizo la práctica.-
La Corte Suprema de Justicia de la Nación en reciente fallo y en relación a este tema, indico:……”se debe evitar que las decisiones del personal sanitario se traduzca en derivaciones o demoras que comprometan la atención de la requirente del servicio….”……. “toda institución que atienda las situaciones aquí examinadas cuente con recursos humanos suficientes para garantizar, en forma permanente, el ejercicio de los derechos que la ley le confiere a las víctimas de violencia sexual”.-
Afortunadamente la situación se resolvió en favor de la victima porque en esta ciudad hay UN profesional que no es objetor de conciencia.-
III.-  Suponiendo que el profesional de la ciudad de Santa Rosa este en goce de su licencia anual y se plantee un caso de la misma naturaleza ¿como garantiza el estado provincial la practica correspondiente? Ante los hechos relatados y ampliamente probados por el devenir de los acontecimientos se deprende que el Estado Provincial no garantiza la aplicación del protocolo donde de ser aplicado.
A dos años vista de la promulgación del Protocolo Hospitalario para la atención y asistencia sanitaria integral de prácticas de aborto no punibles el estado no puede garantizar su aplicación. Es esto deliberado? Un descuido? Ineficiencia? Ineptitud? Desidia?.-Es necesario que los sucesos nos obliguen a improvisar cuando está en juego garantizar un derecho?. Es necesaria otra violación seguida de embarazo para que el Estado se ponga a pensar como poder resolverlo?.-
Por todo lo expuesto, concretamente denuncio el incumplimiento del protocolo hospitalario por los agentes públicos obligados a ello en el ámbito del hospital Centeno de la ciudad de General Pico y la Subsecretaria de Salud de la provincia de La Pampa.- 
Asimismo, adjunto a la presente como Anexo I, material recogido por el diario Pagina 12, de radio Libre de la ciudad de Gral. Pico  con declaraciones del médico constituido en vocero de los médicos del  hospital Centeno. Tales declaraciones necesariamente deben traer aparejadas alternativas validas y consonantes con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tales alternativas deberán, necesariamente, ser brindadas por el Estado Provincial de forma anticipada y clara. Deseamos que por su intermedio y ante quien corresponda se arbitren las mismas para la aplicación del Protocolo en todo el territorio de la provincia de La Pampa.-

Sin otro particular saluda a Ud. atentamente.
                                                  
Luis Solana
Diputado Provincial
FrePam 

ANEXO I -(Pagina 12)

El jefe del servicio de ginecología del Hospital Centeno, el médico Hugo Gianssen, ofició como vocero de los objetores diciendo sin mayor preocupación que “al menos en este hospital” no se cumplirá con el fallo de la Corte Suprema, donde se establece el derecho de las mujeres víctimas de violación a la realización de un aborto. “No sé qué resolverán las autoridades de Salud. Capaz se las derive a otros hospitales o a consultorios privados.” Los nueve médicos escribieron cada uno una carta dirigida a los ministerios de Salud provincial y nacional justificando sus objeciones. “Recibimos el protocolo del procedimiento para la atención del paciente del Ministerio de Salud, nos juntamos en el servicio el otro día, debatimos y después cada uno por su cuenta decidió qué hacer: coincidió en que todos tuvimos la misma decisión”, dijo Gianssen en declaraciones a Radio Libre, de General Pico. Cuando la periodista le preguntó sobre los motivos de tanta objeción consensuada, el hombre se apuró en aclarar que no se trataba de cuestiones religiosas. “A nosotros como médicos, y sobre todo los que tenemos más edad, siempre se nos ha inculcado el concepto de defender la vida y esas cosas. Creo que por ahí pasa la decisión de cada uno.”

fuente: Pagina 12