El diputado provincial Luis Solana (FrePam) presentó un proyecto de ley para que el Presupuesto 2016 incluya la incorporación de los monotributistas y contratados del Estado Provincial.
En el proyecto Solana precisa que el Estado pampeano incumple con el concepto de la OIT de “trabajo decente”, al dejar sin derecho a la seguridad
social, sin asignaciones familiares, ni los derechos laborales como aguinaldo ni vacaciones ni licencias por enfermedad.
Es un proyecto de seis artículos. Establece la categoría del “monotributista, contratado y/o pecarizados” como destinataria de la incorporación, que cumplan funciones “asimilables” al personal de planta permanente de las leyes 643 y 1279. Otro requisito es que hayan prestado “servicio en forma permanente durante los últimos seis meses y que surjan de un relevamiento efectuado en conjunto con los gremios estatales integrantes de la Intersindical”.
Click aquí para abrir el Proyecto de Ley.
Además propone que el PEP, en la paritariadel sector, establezca en un plazo de 10 días después de sancionada la ley, para establecer el procedimientos y los requisitos para la incorporación.
Otro de los artículos, propone que a partir de la incorporación, el Estado reconoce los años de servicios. Y establece la prohibición de emplear trabajadores permanentes por fuera de las leyes 643 y 1279.
Solana recordó que “en la década de 1990, el Estado Nacional y los Estados Provinciales crearoncomo paliativo al desempleo y la pobreza los Planes Sociales, incorporándose aquellos, hombres y mujeres que desarrollaron cotidianamente sus tareas en la órbitade la Administración Pública, en escuelas, hospitales, reparticiones del gobierno Provincial o de los Municipios, cumpliendo de hecho, con horarios y asignación detareas tal como cualquier empleado estatal”.
Explica que “estos trabajadores informales en lugar de ser protegidos por el estado en sus derechos y garantías, vieron cómo y muy por el contrario, el Estado se transformóen su empleador “en negro” sin otorgarles ningún tipo de cobertura en la Seguridad Social ( Aportes y contribuciones para la Obra Social, la Jubilación, elSeguro Obligatorio) , discriminándolos así con respecto a sus pares, incluidos en Leyes (643, 1279,1124)”.
El legislador dice que con la ley 2343 se reparó parte “de injusticia”. “Hoy, el Estado Provincial sigue teniendo trabajadores precarizados, que desempeñan tareas en distintas reparticiones del Estado: (Educación, salud,bienestar social, turismo, recursos naturales) bajo la figura del monotributo, o de contratos precarizados, maniobra por medio de la cual, nuevamente el propio Estado, desprotege a los trabajadores y trabajadoras al evadir su rol como patronal, y deja librados a su propia suerte a quienes cumplen funciones en relación de dependencia camuflada”.
Señala que “como Proveedor Monotributista de un servicio, queda a cargo del propio trabajador, la cobertura de su seguridad social (aportes jubilatorios, obra social) pero lo que es más grave aún, los trabajadores monotributistas o contratados, no tienen posibilidad alguna de percibir un salario digno y acorde con las leyes vigentes, gozar de los derechos de su estatuto y delos convenios colectivos de trabajo: percibir legalmente las asignaciones familiares( pre-natal, salario por hijo, por escolaridad, por matrimonio), gozar de la Licencia Anual ordinaria paga, del sueldo Anual Complementario, de licencias por enfermedad o maternidad ni de participar en la lucha por sus derechos mediante la organización, la sindicalización y su representación en la paritaria del sector”.
Sola remarca que “lo expresado, parte de considerar al trabajo desde la óptica de los derechoshumanos, y que implica entonces, la concepción de trabajo decente a cuñada porla Organización Internacional del trabajo (OIT). Este concepto, es superador de otros anteriores, ya que no solo hace referencia a la remuneración: incluye la concepción de trabajo como derecho humano social, en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad, con un salario acorde y con todos los beneficiosinherentes a la seguridad social”.
fuente: El Diario
En el proyecto Solana precisa que el Estado pampeano incumple con el concepto de la OIT de “trabajo decente”, al dejar sin derecho a la seguridad
social, sin asignaciones familiares, ni los derechos laborales como aguinaldo ni vacaciones ni licencias por enfermedad.
Es un proyecto de seis artículos. Establece la categoría del “monotributista, contratado y/o pecarizados” como destinataria de la incorporación, que cumplan funciones “asimilables” al personal de planta permanente de las leyes 643 y 1279. Otro requisito es que hayan prestado “servicio en forma permanente durante los últimos seis meses y que surjan de un relevamiento efectuado en conjunto con los gremios estatales integrantes de la Intersindical”.
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Además propone que el PEP, en la paritariadel sector, establezca en un plazo de 10 días después de sancionada la ley, para establecer el procedimientos y los requisitos para la incorporación.
Otro de los artículos, propone que a partir de la incorporación, el Estado reconoce los años de servicios. Y establece la prohibición de emplear trabajadores permanentes por fuera de las leyes 643 y 1279.
Solana recordó que “en la década de 1990, el Estado Nacional y los Estados Provinciales crearoncomo paliativo al desempleo y la pobreza los Planes Sociales, incorporándose aquellos, hombres y mujeres que desarrollaron cotidianamente sus tareas en la órbitade la Administración Pública, en escuelas, hospitales, reparticiones del gobierno Provincial o de los Municipios, cumpliendo de hecho, con horarios y asignación detareas tal como cualquier empleado estatal”.
Explica que “estos trabajadores informales en lugar de ser protegidos por el estado en sus derechos y garantías, vieron cómo y muy por el contrario, el Estado se transformóen su empleador “en negro” sin otorgarles ningún tipo de cobertura en la Seguridad Social ( Aportes y contribuciones para la Obra Social, la Jubilación, elSeguro Obligatorio) , discriminándolos así con respecto a sus pares, incluidos en Leyes (643, 1279,1124)”.
El legislador dice que con la ley 2343 se reparó parte “de injusticia”. “Hoy, el Estado Provincial sigue teniendo trabajadores precarizados, que desempeñan tareas en distintas reparticiones del Estado: (Educación, salud,bienestar social, turismo, recursos naturales) bajo la figura del monotributo, o de contratos precarizados, maniobra por medio de la cual, nuevamente el propio Estado, desprotege a los trabajadores y trabajadoras al evadir su rol como patronal, y deja librados a su propia suerte a quienes cumplen funciones en relación de dependencia camuflada”.
Señala que “como Proveedor Monotributista de un servicio, queda a cargo del propio trabajador, la cobertura de su seguridad social (aportes jubilatorios, obra social) pero lo que es más grave aún, los trabajadores monotributistas o contratados, no tienen posibilidad alguna de percibir un salario digno y acorde con las leyes vigentes, gozar de los derechos de su estatuto y delos convenios colectivos de trabajo: percibir legalmente las asignaciones familiares( pre-natal, salario por hijo, por escolaridad, por matrimonio), gozar de la Licencia Anual ordinaria paga, del sueldo Anual Complementario, de licencias por enfermedad o maternidad ni de participar en la lucha por sus derechos mediante la organización, la sindicalización y su representación en la paritaria del sector”.
Sola remarca que “lo expresado, parte de considerar al trabajo desde la óptica de los derechoshumanos, y que implica entonces, la concepción de trabajo decente a cuñada porla Organización Internacional del trabajo (OIT). Este concepto, es superador de otros anteriores, ya que no solo hace referencia a la remuneración: incluye la concepción de trabajo como derecho humano social, en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad, con un salario acorde y con todos los beneficiosinherentes a la seguridad social”.
fuente: El Diario